Guía especializada · Fotomultas

Qué es un comparendo electrónico

Un comparendo electrónico es una citación asociada a una presunta infracción. No es, por sí solo, una declaración definitiva de culpabilidad.

Rodrigo Andrés Escobar Marín, autor de la guía sobre fotomultas

Autor

Rodrigo Andrés Escobar Marín

Abogado con sede en Buga y atención de casos de fotomultas en toda Colombia.

Respuesta rápida

Es una orden para comparecer, no la multa definitiva

Informa una presunta infracción detectada con apoyo tecnológico y permite aceptar o rechazarla. Debe estar vinculada a evidencia y a una autoridad competente. Si la persona controvierte, tiene derecho a audiencia, prueba y una decisión motivada.

Cuatro conceptos que no deben mezclarse

Registro

Detección

Imagen, video o dato captado por el sistema.

Citación

Comparendo

Orden de comparecer ante la autoridad.

Decisión

Resolución

Acto que sanciona o absuelve después del trámite.

Recaudo

Cobro

Etapa para exigir una obligación firme.

Qué revisar cuando llega

  • Organismo de tránsito y número.
  • Placa, vehículo, fecha, hora y lugar.
  • Código y descripción de la conducta.
  • Evidencia anexa y legible.
  • Fecha de validación y envío.
  • Dirección o canal utilizado.
  • Instrucciones para aceptar o comparecer.
  • Estado real en SIMIT y en el organismo.

Opciones del ciudadano

Si acepta, puede evaluar las reducciones condicionadas a plazo, pago y curso. Si rechaza, debe comparecer y pedir la audiencia correspondiente. Para fotodetección, la Ley 1843 contempla la comparecencia dentro de once días hábiles desde la entrega del comparendo; la cronología concreta debe verificarse en el expediente.

Preguntas frecuentes

Respuestas sobre este caso

¿Comparendo electrónico y fotomulta son iguales?

Fotomulta es una expresión común; jurídicamente conviene distinguir detección, orden de comparendo y sanción.

¿Debo pagar inmediatamente?

Primero verifique autenticidad, estado, notificación y evidencia. Después decida dentro de la oportunidad aplicable.

¿Quién expide el comparendo?

La competencia sancionatoria corresponde a la autoridad de tránsito; la Ley 1843 limita la delegación a particulares.

Fuentes primarias

Normas y fuentes oficiales

Revisión editorial: 24 de julio de 2026. La respuesta aplicable depende del expediente, la fecha y la autoridad.

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Revisión individual

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Envíe el comparendo o la resolución, la fecha en que se enteró y el estado que aparece en SIMIT. Puede ocultar números que no sean necesarios. La revisión no implica promesa de eliminar la multa ni garantiza un resultado.

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