Guía especializada · Fotomultas
Qué es un comparendo electrónico
Un comparendo electrónico es una citación asociada a una presunta infracción. No es, por sí solo, una declaración definitiva de culpabilidad.
Respuesta rápida
Es una orden para comparecer, no la multa definitiva
Informa una presunta infracción detectada con apoyo tecnológico y permite aceptar o rechazarla. Debe estar vinculada a evidencia y a una autoridad competente. Si la persona controvierte, tiene derecho a audiencia, prueba y una decisión motivada.
Cuatro conceptos que no deben mezclarse
Detección
Imagen, video o dato captado por el sistema.
Comparendo
Orden de comparecer ante la autoridad.
Resolución
Acto que sanciona o absuelve después del trámite.
Cobro
Etapa para exigir una obligación firme.
Qué revisar cuando llega
- Organismo de tránsito y número.
- Placa, vehículo, fecha, hora y lugar.
- Código y descripción de la conducta.
- Evidencia anexa y legible.
- Fecha de validación y envío.
- Dirección o canal utilizado.
- Instrucciones para aceptar o comparecer.
- Estado real en SIMIT y en el organismo.
Opciones del ciudadano
Si acepta, puede evaluar las reducciones condicionadas a plazo, pago y curso. Si rechaza, debe comparecer y pedir la audiencia correspondiente. Para fotodetección, la Ley 1843 contempla la comparecencia dentro de once días hábiles desde la entrega del comparendo; la cronología concreta debe verificarse en el expediente.
Preguntas frecuentes
Respuestas sobre este caso
¿Comparendo electrónico y fotomulta son iguales?
Fotomulta es una expresión común; jurídicamente conviene distinguir detección, orden de comparendo y sanción.
¿Debo pagar inmediatamente?
Primero verifique autenticidad, estado, notificación y evidencia. Después decida dentro de la oportunidad aplicable.
¿Quién expide el comparendo?
La competencia sancionatoria corresponde a la autoridad de tránsito; la Ley 1843 limita la delegación a particulares.
Fuentes primarias
Normas y fuentes oficiales
- Ley 1843 de 2017Comparendos por medios tecnológicos.
- Código Nacional de TránsitoDefiniciones y procedimiento.
- Ley 1843 de 2017Reglas especiales de fotodetección.
- Código Nacional de Tránsito: procedimientoComparecencia, audiencia y recursos.
- Sentencia C-038 de 2020Responsabilidad personal.
- Sentencia C-321 de 2022Deberes del propietario.
Revisión editorial: 24 de julio de 2026. La respuesta aplicable depende del expediente, la fecha y la autoridad.
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Revisión individual
Si quiere que Rodrigo revise su caso
Envíe el comparendo o la resolución, la fecha en que se enteró y el estado que aparece en SIMIT. Puede ocultar números que no sean necesarios. La revisión no implica promesa de eliminar la multa ni garantiza un resultado.
Enviar el caso por WhatsApp (abre en una pestaña nueva)Información general, no concepto jurídico individual. No promete resultados. Las normas, actos locales y términos deben verificarse para cada fecha y expediente.
